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MEJORAR LA VIDA


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Son tiempos para protegernos, para cuidarnos y sacar la violencia y la discriminación de las vidas de mujeres, chicas y niñas en América Latina. Son tiempos. Por eso la CIDH ha estado implementando un proyecto desde el 2017 con el apoyo de Global Canadá. El resultado final: contribuir al disfrute de los derechos humanos. Este maravilloso proyecto tiene como objetivo mejorar la vida de aproximadamente 267 mujeres en la región.

Basta de violencia y discriminación

 

Son tiempos para protegernos, para cuidarnos y sacar la violencia y la discriminación de las vidas de mujeres, chicas y niñas en América Latina. Son tiempos. Por eso la CIDH ha estado implementando un proyecto desde el 2017 con el apoyo de Global Canadá. El resultado final: contribuir al disfrute de los derechos humanos. Este maravilloso proyecto tiene como objetivo mejorar la vida de aproximadamente 267 mujeres en la región. Hemos tomado apuntes del Conversatorio sobre la Erradicación de la Violencia y discriminación contra mujeres y niñas en América Latina y El Caribe, organizado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

 

Uno de los temas del conversatorio fue la violencia contra mujeres, por razón de género, en particular la violencia sexual, la cual continúa dándonos datos alarmantes en la región con un impacto irreparable en las mujeres, niñas y adolescentes. A través del sistema de peticiones y casos, las audiencias temáticas, las medidas cautelares, la publicación de ejes temáticos, entre otros mecanismos de la comisión, se ha venido trabajando en una serie de estándares para la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra mujeres, niñas y adolescentes. Mediante la redacción de informes de fondo dentro del marco de este proyecto, la CIDH elaboró estándares para proteger y promover los derechos de las niñas y adolescentes, incluyendo recomendaciones para los miembros, entre los cuales se destacan los siguientes.

 

  •           En un escenario de violencia de género, la falta de debida diligencia tiene implicaciones no solo vinculadas a la investigación del hecho, sino también para la protección de la vida y es obligación del Estado actuar de forma oportuna para evitar potenciales feminicidios.

 

  •           El Estado debe prestar especial atención al derecho al acceso a la salud de mujeres y adolescentes detenidas, en particular, en lo referente a la salud sexual y reproductiva. Asimismo, la obligación del Estado a realizar una investigación adecuada pronta, exhaustiva, integral e imparcial del contexto familiar, en caso de violencia de género, forma parte del deber de debida diligencia.

 

  •           El uso de estereotipos sobre las mujeres en los procesos penales no solo constituye discriminación, sino que también refuerza el mensaje de que las mujeres pueden ser responsabilizadas y revictimizadas con base en estereotipos sobre su rol social, favoreciendo así la aceptación y la perpetuación de este fenómeno y la desconfianza de las mujeres en el sistema de justicia.

 

En los últimos quince años, la Comisión Interamericana ha ido sometiendo un creciente número de casos a la Corte que versan sobre la violencia contra las mujeres. Estos casos tocan diferentes aristas, se centran en diferentes ámbitos y en diferentes modalidades en que se manifiesta esta violencia contra la mujer, tanto en espacios públicos como en espacios privados. Esas formas de violencia tienen un denominador común que puede ser rastreado en el sistema cultural patriarcal social que ha llevado a la discriminación social estructural y a la subordinación de la mujer por el hombre en la sociedad.

 

La etapa fundamental de la incorporación de la perspectiva de género en el análisis de caso que implicaban violencia contra la mujer se da a partir del año 2006, pero con el incremento de casos se agregó también la mirada interseccional, además de un abordaje contextual o situacional. El análisis interseccional permitió a la Corte visibilizar que, si bien la experiencia de la violencia que sufren las mujeres tiene como base el sistema patriarcal, también interactúa con un eje de subordinación y la situación estructural de discriminación, además de diversos factores identitarios y otros sistemas de subordinación que la situación particular de vulnerabilidad de la violencia para algunas mujeres deba ser abordada atendiendo a esas particularidades específicas.

 

El análisis contextual y situacional permitió a la Corte profundizar en los estándares de debida diligencia tanto en la prevención como en la investigación de la violencia contra la mujer, atendiendo a los diferentes ámbitos y formas en que esta se manifiesta. Así la Corte ha tenido casos sobre violencia en conflictos armados, en estados militarizados, en casos de feminicidio, violencia médica, violencia institucional, violencia verbal y estereotipada. Es por eso que la REPEM continuará fortaleciendo sus acciones de incidencia para mejorar la vida de nuestras mujeres adultas, jóvenes y por supuesto, nuestras niñas.

 

 

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

 

Conversatorio sobre la Erradicación de la Violencia y discriminación contra mujeres y niñas en América Latina y El Caribe. Agosto 2021. www.cidh.org

 

 

 

 



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